El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determina que es contrario a derecho negar el derecho a cotizar por desempleo en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y excluir las prestaciones por desempleo de las prestaciones de seguridad social concedidas a los empleados de hogar por un régimen legal de seguridad social, cuando la disposición nacional sitúa a las trabajadoras en desventaja particular con respecto a los trabajadores y no está justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo.
En este sentido, ABRE la posibilidad a las personas dadas de alta con anterioridad a la nueva ley en el régimen especial de empleadas del Hogar al acceso al subsidio de desempleo para mayores de 52 años que supone en la actualidad una prestación de 463,2 euros al mes durante 2022 y una base de cotización para la jubilación del 125 % de la base de cotización mínima vigente cada año. Que en el año 2022 supone una base de 1.458,37 euros al mes; subsidio que, si se cumplen los demás requisitos, se puede cobrar desde los 52 AÑOS A LOS 67 AÑOS.