INTRODUCCIÓN

REQUISITOS GENERALES DE LA JUBILACIÓN ACTIVA

-Haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación sin aplicar bonificaciones o anticipaciones.

-Haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos en los últimos 15 años antes de la jubilación.

-Debe haber transcurrido al menos un año desde que el trabajador cumplió la edad ordinaria de jubilación hasta el hecho causante de la pensión. (NOVEDAD: si se reúne el período mínimo de cotización después de la edad de jubilación, este año se computará desde la fecha en que se complete la cotización mínima).

PRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA

 

DEMORA EN EL ACCESO PORCENTAJE DE PENSIÓN COMPATIBLE
1 AÑO 45%
2 AÑOS 55%
3 AÑOS 65%
4 AÑOS 80%
5 O MÁS AÑOS 100%
*Se introduce un incentivo de 5 puntos porcentuales por cada 12 meses ininterrumpidos en jubilación activa desde el año demorado de acceso (hasta alcanzar el 100% de la

pensión).

 
   

 

FOCO EN LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS: CAMBIOS IMPORTANTES

OTROS ASPECTOS A TENER EN CUENTA