INTRODUCCIÓN
El compliance laboral o cumplimiento normativo en el ámbito laboral cobra cada vez mayor importancia. La Inspección de Trabajo y otros organismos sancionadores han incrementado su vigilancia sobre las empresas, con consecuencias económicas significativas en caso de incumplimiento.
Recientemente, se han intensificado las sanciones en tres ámbitos clave:
-Registro de jornada y control de tiempo de trabajo: Inspección de Trabajo impuso en 2024 más de 20 millones de euros en sanciones por infracciones en la jornada laboral.
-Planes LGTBI en empresas: Las compañías de más de 50 personas trabajadores están obligadas a negociar y aplicar un conjunto de medidas de igualdad para evitar sanciones de hasta 7.500 euros.
-Canal de denuncias: La falta de este sistema interno de información puede derivar en sanciones de hasta 1 millón de euros para las empresas.
A continuación, analizamos en detalle cada uno de estos aspectos.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL REGISTRO DE JORNADA Y HORAS EXTRA
Datos clave
- En 2024, la Inspección de Trabajo impuso 20,2 millones de euros en sanciones por incumplimientos de jornada y registro
- Las infracciones por no controlar adecuadamente el tiempo de trabajo afectaron a más de 21.600 trabajadores.
- El Gobierno, al margen de la reducción de la jornada laboral, ha anunciado una reforma del control horario para garantizar que sea más fiable y evitar irregularidades.
Novedad importante
- El incumplimiento del registro de jornada, si llega a aprobarse el anteproyecto de ley, pasará a considerarse una infracción muy grave, con multas que pueden alcanzar hasta los 10.000 euros por cada trabajador afectado.
MULTAS POR NO NEGOCIAR PLANES LGTBI
Obligación legal
- Con carácter general, desde el 10 de enero de 2024, todas las empresas con más de 50 personas trabajadoras deben iniciar el procedimiento de negociación de un conjunto de medidas planificadas para garantizar la igualdad de las personas LGTBI y un protocolo de actuación frente al
- Como excepción, este plazo de inicio de las negociaciones se extenderá hasta el 10 de abril en el caso de aquellas empresas de más de 50 personas trabajadoras que no cuenten con convenio colectivo de aplicación y carezcan de representación legal de las personas
Riesgo de sanción
- Las empresas que no cumplan esta obligación podrán recibir multas de hasta 500 euros. Además, si se detecta un caso de discriminación o acoso sin que exista un protocolo adecuado, la responsabilidad empresarial se verá agravada.
Plazo límite
- Las empresas deben constituir la comisión negociadora antes del 10 de enero de 2025 y negociar las medidas hasta el 10 de abril de 2025. Aquellas que no cuenten con un convenio colectivo aplicable y carezcan de representación legal tendrán de plazo para negociar las medidas hasta el 10 de julio de
- En caso de que no se alcance un acuerdo sobre las mismas las empresas obligadas a negociar las medidas planificadas aplicarán el conjunto de medidas establecidas en el Real Decreto 1026/2024, de 8 de
MULTAS DE HASTA 1 MILLÓN DE EUROS POR NO TENER UN CANAL DE DENUNCIAS
Obligación empresarial
- Desde el 13 de junio de 2023, las empresas de 50 o más personas trabajadoras deben contar con un canal interno de denuncias para permitir que los empleados comuniquen irregularidades de manera anónima.
Empresas obligadas
- Personas físicas o jurídicas que tengan contratados 50 o más personas trabajadoras.
- Personas jurídicas que presten servicios en materia de productos y mercados financieros y aquellas vinculadas por normativa de prevención en materia de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente, con independencia del número de
- Se incluyen las personas jurídicas que desarrollen actividades en España, aun cuando no tengan su domicilio en el territorio
- En el caso de un grupo de empresas, la sociedad dominante podrá establecer la política general del Sistema Interno de información. Además, podrá haber un Sistema Interno de información y un Responsable del Sistema único para todo el grupo.
- Las empresas de entre 50 y 249 trabajadores que así lo decidan, podrán compartir entre sí el Sistema interno de información.
Régimen sancionador
- Personas físicas:
- Leves: de 1.001 hasta 10.000
- Graves: de 10.001 hasta 30.000
Muy graves: de 30.001 hasta 300.000 euros.
- Personas jurídicas:
- Leves: hasta 100.000
- Graves: de 100.001 hasta 600.000
Muy graves: de 600.001 hasta 1.000.000 euros.
¿HABRÁ AMONESTACIONES ANTES DE MULTAR?
o El Gobierno ha anunciado que, antes de iniciar un régimen sancionador estricto, lanzará amonestaciones públicas para aquellas empresas que aún no hayan implementado el canal de denuncias. Sin embargo, a partir de una fecha aún no determinada, se comenzará a sancionar de manera efectiva.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
El endurecimiento de las sanciones y el refuerzo de la vigilancia por parte de la Inspección de Trabajo ponen de manifiesto un cambio de tendencia: el compliance laboral cumplimiento normativo en el ámbito laboral ya no es opcional, sino una prioridad estratégica para las empresas.
Ante este escenario, las organizaciones deben adoptar una visión preventiva y proactiva para evitar sanciones, mejorar su seguridad jurídica y consolidar un entorno de trabajo alineado con la normativa vigente.
Registro de jornada
- No basta con contar con un sistema de fichaje; debe garantizarse su objetividad, fiabilidad, transparencia y accesibilidad.
- La Inspección de Trabajo está endureciendo su control y las sanciones podrán alcanzar con la futura reforma sanciones de hasta 000 € por persona trabajadora.
Planes LGTBI: Es fundamental iniciar cuanto antes la negociación y puesta en marcha de medidas para evitar sanciones
- Las sanciones por incumplimiento son de hasta 7.500 €, pero la falta de acción en casos de discriminación o acoso por ausencia de estas medidas puede conllevar sanciones muy graves, cuyas cuantías ascienden hasta los 225.018
- Claves para evitar riesgos: activar cuanto antes la negociación, garantizar un protocolo eficaz contra la discriminación y formar a la
Canal de denuncias: Si la empresa aún no lo ha implementado, debe hacerlo cuanto antes para evitar multas millonarias.
- Más allá del riesgo de multas de hasta 1 millón de euros, contar con un canal de denuncias efectivo reduce riesgos legales, mejora la transparencia y protege a la empresa de posibles crisis
- Aunque el Gobierno ha anunciado que primero amonestará antes de sancionar, la normativa ya es exigible, y las empresas que no la cumplan están en el punto de
- Aspecto clave: el canal debe permitir denuncias anónimas, ser accesible para todos los empleados y garantizar la confidencialidad de los
Estrategia de compliance laboral para minimizar riesgos: dado el incremento de las exigencias normativas y el riesgo de sanciones económicas elevadas, las empresas deben adoptar un enfoque integral de cumplimiento normativo basado en:
–Auditorías internas periódicas para detectar posibles incumplimientos.
–Formación continua para las personas trabajadoras, siendo ésta monitorizada, evaluable y con trazabilidad.
–Revisión y actualización de protocolos y políticas internas para alinearlas con la legislación vigente.