➢       INTRODUCCIÓN

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la procedencia del despido de un representante sindical —miembro del Comité de Empresa y Delegado de Prevención de Riesgos Laborales— por un uso fraudulento del registro de jornada y del crédito horario sindical. El caso pone de relieve la validez de la prueba obtenida a través de un detective privado, así como la contundencia con la que los tribunales abordan este tipo de incumplimientos contractuales, incluso cuando afectan a representantes legales de los trabajadores.

 

➢       HECHOS PROBADOS: FALSEAMIENTO DEL REGISTRO DE JORNADA Y CRÉDITO HORARIO
➢       RECLAMACIONES DEL TRABAJADOR Y RESPUESTA JUDICIAL
➢       FUNDAMENTO JURÍDICO DEL DESPIDO
  1. del Estatuto de los Trabajadores:
    • b) Indisciplina o desobediencia en el
    • d) Transgresión de la buena fe contractual y abuso de
    • Se confirma así la aplicación del régimen sancionador previsto también en el convenio colectivo de aplicación, al tratarse de una falta muy grave de fraude y deslealtad.
➢       CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

 

o Determina la importancia de un uso correcto y no fraudulento tanto del crédito horario sindical como del sistema de fichaje implantado en la empresa.