El pasado 1 de enero entró en vigor la obligación de cotización de las prácticas no remuneradas; para las remuneradas ya existía tal obligación. En ellas están incluidos los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, en las que se incluyen las realizadas por alumnos universitarios y de formación profesional.
El coste de la cuota empresarial consistirá en 2,85€ por día de prácticas, si bien a dicha cantidad se le aplicará una bonificación del 95%. Dicha cuota irá a cargo de la empresa en la que se desarrollen las prácticas, a no ser que exista un convenio entre ésta y la institución educativa a la que pertenezcan los estudiantes que establezca lo contrario.
En cuanto a la acción protectora de la Seguridad Social, están excluidas la protección por desempleo, la cobertura del Fondo de Garantía Salarial, la Formación Profesional, así como la incapacidad temporal por contingencias comunes; sin embargo, sí tendrán cobertura para las prestaciones económicas por contingencias profesionales, por nacimiento de hijo y cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, así como para jubilación.