Una factura electrónica es una factura que se expide y recibe en formato electrónico. Esta tiene los mismos efectos legales que una factura en papel y su expedición esta condicionada al consentimiento de su destinatario. Es por lo tanto una alternativa legal a la factura en papel. Las facturas electrónicas, al igual que las facturas en papel están reguladas por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. La autenticidad de estas facturas puede garantizarse de varias formas:
- Mediante firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido.
- Mediante intercambio electrónico de datos (EDI).
Las facturas electrónicas pueden dividirse en dos tipos dependiendo del formato de la misma.
- Facturas electrónicas con formato estructurado: en este grupo se encuentran aquellas que pueden ser generadas y tramitadas de manera automática por los sistemas informáticos tanto del emisor como del receptor.
- Facturas electrónicas con formato no estructurado: en este grupo se encuentran aquellas facturas que requieren de un trabajo manual para su emisión y/o tramitación (documentos escaneados o ficheros pdf)
Este tipo de facturas nos da varias ventajas sobre las facturas en papel, como acortar los ciclos de tramitación o reducir errores humanos. Para generar estas facturas lo primero que debemos hacer es darnos de alta con un certificado digital valido en la página https://face.gob.es/es/ . Esta página nos permite presentar y consultar el estado de nuestras facturas. Desde la misma nos da la opción de descargar la aplicación de escritorio que nos permite generar dichas facturas electrónicas. Una vez generada podemos presentar la factura electrónica a través del portal antes citado o a través del programa con la que la hemos generado, si este esta correctamente configurado para dicho fin.