NORMATIVA APLICABLE

– Resolución de 19 de junio de 2023, de la Presidencia del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de la “Marca asturiana de excelencia en igualdad” de 2023 y se establecen las bases reguladoras de la misma.

– Decreto 15/2015, de 25 de marzo, por el que se regula la concesión, renovación y utilización del distintivo “Marca asturiana de excelencia en igualdad”.

El pasado día 3 de junio, se publicaron en el Boletín Oficial del Principado de Asturias las bases para la presentación de candidaturas a la concesión de la Marca asturiana de excelencia en igualdad 2023. El objetivo de la misma es reconocer y estimular la labor de las empresas de Asturias comprometidas con la igualdad a través del Instituto Asturiano de la Mujer. Así, con su concesión se premia a las entidades que destacan en la aplicación de políticas de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en diferentes ámbitos. A continuación, vamos a hacer un resumen de dicha resolución.

Cualquier empresa, sea persona física o jurídica, de capital público o privado, que tenga su domicilio social en el Principado de Asturias o cuente con centro de trabajo en Asturias, y que cumplan con lo dispuesto en el art. 3 del Decreto 15/2015, de 25 de marzo.

Plazo: del 4 de julio al 3 de agosto de 2023.

Presentación de solicitudes: ante el Instituto Asturiano de la Mujer, a través de la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El modelo normalizado puede consultarse aquí: https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000022504125807573.

A mayores, la empresa no debe haber sido sancionada en los tres años anteriores a la solicitud por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación ni en materia social de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

De forma facultativa se puede acompañar un informe de la representación del personal en la empresa sobre el plan de igualdad o las medidas de igualdad en los que se apoya la solicitud o de su personal, en caso de que aquella no cuente con dichos órganos de representación.

Órgano competente para la instrucción: Dirección General de Igualdad.

Plazo máximo de resolución y notificación: Tres meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Publicación resolución: Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).

Recursos frente a resolución: recurso contencioso-administrativo o, en su caso, recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución.

Se engloban en tres bloques:

Vigencia: Tres años desde la publicación de la resolución de concesión en el BOPA.

Finalización:

Facultades:

Obligaciones:

Entrega por la Presidencia del Principado de Asturias, a través de la Dirección General de Igualdad en un acto público. Asimismo, se hará pública la concesión del distintivo a través de los medios y procedimientos que se consideren más adecuados para su difusión y comunicación social.

 

Si desea ampliar información, puede acceder a los siguientes textos normativos:

– Resolución de 19 de junio de 2023, de la Presidencia del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de la “Marca asturiana de excelencia en igualdad” de 2023 y se establecen las bases reguladoras de la misma, pinchando aquí.

– Decreto 15/2015, de 25 de marzo, por el que se regula la concesión, renovación y utilización del distintivo “Marca asturiana de excelencia en igualdad”, pinchando aquí.

– Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, pinchando aquí.

105 comentarios

  1. Write more, thats all I have to say. Literally,
    it seems as though you relied on the video to make your
    point. You obviously know what youre talking about, why throw away your intelligence on just posting videos to
    your blog when you could be giving us something informative to read?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *