➢ INTRODUCCIÓN

El aumento de los casos de absentismo laboral ha llevado a muchas empresas a reforzar los  mecanismos de control y verificación de las bajas por incapacidad temporal. En este contexto,
tanto la contratación de detectives privados como la obtención de imágenes en redes sociales  abiertas se han consolidado como herramientas válidas de prueba ante los tribunales.
La jurisprudencia reciente avala estas medidas, siempre que se respeten los principios de  proporcionalidad, idoneidad y necesidad. Además, los tribunales diferencian según el tipo de  dolencia (física o psíquica) y valoran si la conducta del trabajador perjudica su recuperación o  revela una posible simulación de la incapacidad.

➢ CRITERIOS JURISPRUDENCIALES GENERALES

De las últimas sentencias dictadas por nuestros tribunales sobre despidos disciplinarios durante  una baja médica o incapacidad temporal (IT) pueden extraerse los siguientes principios  generales:
• Licitud del uso de detectives privados: con carácter general se considera legítima la prueba  obtenida mediante seguimiento de detectives, en espacios públicos si respetan los principios de proporcionalidad, idoneidad y necesidad. Se debe respetar la intimidad en todo caso.
• Relevancia de las redes sociales: también se han admitido como prueba las publicaciones  voluntarias realizadas en perfiles públicos (Instagram, Facebook, etc.), especialmente si  evidencian actividad laboral, deportiva o lucrativa durante la IT.
• Doctrina del Tribunal Supremo: se considerará justificado el despido si: o La actividad realizada perjudica la recuperación. o La actividad es incompatible con la dolencia alegada en la baja médica.
2
o La conducta revela la capacidad del trabajador para desempeñar su actividad laboral habitual.
• ATENCIÓN. Gradualismo sancionador: no todo incumplimiento implica despido; debe analizarse la gravedad del hecho concreto y su posible afectación al deber de buena fe contractual.

➢ ALGUNOS CASOS ILUSTRATIVOS MUY RECIENTES

1. STSJ de Cataluña (24/04/2025) V
El Tribunal ratifica el despido disciplinario de un trabajador con baja médica por ansiedad, al que un  detective captó trabajando en otra empresa durante varios días. El Tribunal destaca que, aunque la  baja sea de carácter psíquico, ello no impide que ciertas actividades productivas agraven su situación,  y además revelen su capacidad para trabajar. Ello supone una violación del principio de buena fe  contractual y, por ende, declara el tribunal el despido como procedente.
2. STSJ de Asturias (20/05/2025)
Se declara procedente el despido de un trabajador con baja por lesión en cuello y rodilla que fue  grabado tocando instrumentos y bailando en varios conciertos como integrante de una banda. Las  actividades realizadas por el trabajador fueron demostradas a través de las pruebas presentadas por  los detectives privados contratados por la empresa (audio, vídeo y fotografías), así como la propia declaración testifical de los detectives. El tribunal valora que las actividades eran incompatibles con  su recuperación y contradicen la dolencia que justificaba la baja.
3. STSJ de Castilla-La Mancha (11/01/2024)
Una trabajadora fue despedida tras descubrirse, a través de Instagram y la intervención de un detective, que había aprovechado la baja para abrir un negocio con su pareja. El tribunal considera
que su conducta implica o bien simulación de la dolencia o, en todo caso, realización de actividades incompatibles con la baja médica.

➢ RECOMENDACIONES PRÁCTICAS PARA LAS EMPRESAS

Desde LABYFIS recomendamos:
• Documentar con rigor cualquier sospecha de fraude en situación de IT antes de tomar  decisiones disciplinarias.
• En caso de contratar detectives privados deberá realizar únicamente cuando existan  indicios razonables y cumpliendo siempre con los principios de proporcionalidad,  idoneidad y necesidad e intimidad; es decir, que la prueba a través de detectives no se extralimite, no invada esferas de la vida privada de las personas y no exista un medio menos  invasivo con el que poder probar los incumplimientos.
• En el caso de monitorizar redes sociales abiertas de los trabajadores deberá realizarse de manera respetuosa y no invasiva.
• Asegurarse de la incompatibilidad entre la baja y la actividad observada.
• Redactar correctamente las cartas de despido, reflejando con claridad los hechos, pruebas y fundamentos jurídicos.

➢ CONCLUSIÓN

El control del absentismo por IT a través de medios como detectives o redes sociales es válido y  reconocido por nuestros tribunales. Sin embargo, debe aplicarse con cautela y rigor probatorio. Una  actuación precipitada o mal fundamentada puede volverse en contra de la empresa